sábado, 29 de diciembre de 2012

Pistolas que se disparan solas


De la Rúa fue sobreseído por la represión del 19 y 20 de diciembre de 2001. Como en la Masacre de Avellaneda y en el asesinato de Fuentealba los responsables políticos quedan impunes. La Justicia, al servicio del poder político y económico.

En el día de ayer la Sala I de la Cámara Federal de Casación Penal confirmó el fallo de primera instancia por el que el ex presidente de la Nación Fernando De la Rúa fue sobreseído en la causa que investiga las muertes producto de la represión policial el 19 y 20 de diciembre de 2001. El juez Claudio Bonadío había dictado el fallo de primera instancia que ahora ratifican sus colegas de la segunda instancia.
Según los camaristas Raúl Madueño, Luis Cabral y Eduardo Riggi, por criterio unánime, "no puede pretenderse ubicar al imputado como garante de comportamientos ajenos cuando se tuvo por probado que desconocía los supuestos (sic) excesos en los que habían incurridos sus inferiores durante el Estado de Sitio". Con “supuestos excesos” los camaristas se refieren entre otras acciones al asesinato de 39 personas a lo largo y ancho del país. Ante esta argumentación Rodrigo Borda, abogado del Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS), retrucó que “aunque fuera cierto este argumento, que la defensa del ex presidente sigue repitiendo y ahora validaron los camaristas, eso no lo exime de su responsabilidad por las consecuencias del Estado de Sitio que dictó, tenía el deber de estar al tanto, no podía hacerse el desentendido, es como si uno pone la pava en el fuego y se va a dormir la siesta”. Además según Borda este criterio marca un precedente de funestas consecuencias dado que “habilita que el Estado de Sitio es un cheque en blanco que puede anular los derechos ciudadanos, que lo dictás y no tenés que responder por sus consecuencias”.
En cambio sí serán procesados el ex jefe dela Policía Federal Argentina (PFA) Rubén Santos, el ex secretario de Seguridad Enrique Mathov, el ex superintendente de Seguridad de la Federal Raúl Andreotti, el ex director general de Operaciones de esa fuerza Norberto Gaudiero y los ex oficiales de la PFA Carlos José López, Eugenio Figueroa, Roberto Juárez y Orlando Oliveiro. El juicio de los acontecimientos ocurridos once años atrás ya debería haber comenzado en junio, pero por retrasos en las pericias fue retrasado por el Tribunal Oral.
Por otro lado los camaristas también afirmaron en el fallo que el Estado de Sitio decretado por De la Rúa la noche del 19 fue tramitado de acuerdo a la normativa establecida por la Constitución Nacional, contra el reclamo presentado por los abogados del CELS. El debate se planteó porque la Carta Magna establece que "es atribución del presidente de la Nación declarar el Estado de Sitio en caso de conmoción interior y también cuando el Congreso está en receso". Pero en aquel diciembre caliente el Congreso estaba funcionando en periodo de sesiones extraordinarias, por lo que no habría estado “en receso”. De hecho la letra del decreto firmado por De la Rúa afirmaba que el Congreso debía ser notificado de la situación, con lo que cuesta defender la posición de los magistrados. Según estos últimos, "desde el punto de vista formal, no existe, como pretenden los recurrentes, ilegitimidad en el dictado del Estado de Sitio por parte del Poder Ejecutivo Nacional que cumplió con los pasos que marca la Ley Suprema y los Pactos Internacionales".

Ni la primera ni la última vez

Este fallo repite el patrón que se dio en los juicios por el asesinato de Maximiliano Kosteki y Darío Santillán en junio de 2002 y de Carlos Fuentealba en abril de 2007. Las responsabilidades políticas parecen diluirse en la interpretación de los sucesivos jueces que tratan las causas.
Si en el primer caso fueron condenados los autores materiales de la Masacre del Puente Pueyrredón, principalmente el ex comisario Alfredo Franchiotti, y en el segundo caso el ex cabo Darío Poblete, autor del disparo fatal contra Fuentealba, en ambos casos las responsabilidades políticas no pudieron ser juzgadas. Ni el ex presidente Eduardo Duhalde ni sus allegados más cercanos fueron procesados, así como tampoco lo fue el ex gobernador de Neuquén Jorge Sobisch.
En este segundo caso la Justicia argentina dio un paso más hacia la inequidad al condenar a prisión a dos militantes de la agrupación Quebracho por disturbios frente a la Casa de la Provincia de Neuquén en Buenos Aires tras el asesinato del maestro. Además Poblete fue visto caminando por las calles y Franchiotti recibió importantes beneficios en sus condiciones de prisión. En consecuencia puede afirmarse un patrón, según el cual los responsables políticos de los crímenes contra nuestro pueblo permanecen impunes mientras a lo sumo los autores de los disparos son condenados.
Junto con el fallo absolutorio en el caso de Marita Verón y las permanentes concesiones al Grupo Clarín en el juicio por la presunta inconstitucionalidad de dos artículos de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual, vuelve a resurgir nítidamente la percepción popular de que la Justicia deja de lado la reparación de las víctimas y por el contrario está al servicio del poder económico y político.
Tras muchos años en los que el cuestionamiento a la Justicia se centró en los jueces “garantistas”, exigiendo penas más duras para los crímenes penales cometidos por personas provenientes de los más bajos estratos sociales, en buena hora parece haber retomado visibilidad la relación íntima que existe entre la Justicia y los poderosos de nuestra sociedad.
Se trata de dos denuncias diferentes, que no pueden ser homologadas, tal como confusamente viene haciendo la presidenta de la Nación desde el 9 de diciembre. La una contra el poder económico y político y la otra contra los más castigados socialmente.

Marcha

No hay comentarios:

Publicar un comentario