Reclamo. De los pueblos mapuches. (indymedia) |
El magistrado calificó a la comunidad Santa Rosa Leleque de haber ocupado ilegal y clandestinamente las tierras en conflicto.
El juez de la causa, Omar Magallanes, consideró que "no dejan la menor duda de que el ingreso a la propiedad en ausencia de la propietaria y las construcciones realizadas por parte de los demandados convierte dichos actos en posesión clandestina".
Por su parte, el abogado defensor de los indígenas, Edgardo Manosalva, consideró que "el derecho de los pueblos originarios brilló por su ausencia y se aboca exclusivamente a aplicar el derecho civil".
El letrado consideró que la Justicia no aplicó la ley 26.160. Manosalva explicó que la normativa establece "la prohibición de desalojos, que no prosperen los procesos judiciales en contra de los pueblos originarios hasta tanto no se haya ejecutado el relevamiento territorial por el Estado argentino".
El proceso judicial comenzó con la denuncia de la Compañía de Tierras Sud Argentino, que pertenece al grupo italiano Benetton, por supuesta usurpación ilegal de tierras.
Antes que se conociera el fallo judicial, los integrantes de la comunidad mapuche, Rosa Rua Nahuelquir, señalaron que "se trata de una tierra ancestral de antepasados".
Los derechos de los pueblos indígenas están consagrados en el artículo 75 de la Constitución Nacional, así como también en el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT).
En el mismo sentido, se expresa el artículo 34 de la Constitución de la provincia de Chubut, donde se ubica Esquel.
Rockultural...Una vez más la justicia falla en favor del poder económico y saca a relucir la hilacha de que en el modelo Kapitalista: justicia es proteger y velar los intereses de los que más tienen.
Este es el país de los DD.HH, este es el país "Federalista" que el modelo K quiere.
No hay comentarios:
Publicar un comentario